Si ya estoy regularizada, ¿Qué debo hacer?

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Tras mi segunda visita al Ministerio de

Interior y Policía en Santo Domingo obtuve
el documento que anhelaba, pero no era
exactamente lo que creía que iba a recibir. Lo
primero que veo es el nombre del documento “Regularización Migratoria” y lo segundo,
“No residente”. Esto llamó mi atención porque me había informado un abogado migratorio, cuyo nombre prefiero reservarme, que
el documento que iba a recibir era una visa
de residencia. Me pareció extraño así que en
ese momento empezó mi investigación para
saber qué era esa sticker en mi pasaporte.
Al preguntar en el MIP cuál es el siguiente
paso para obtener mi residencia, me dicen
que la Dirección General de Migración se
estará comunicando conmigo vía telefónica
para indicarme los documentos que debo
presentar. ¿Pero cuándo me van a llamar?,
todos sabemos que para estos trámites no
podemos quedarnos de brazos cruzados esperando.
Mi sorpresa se presenta cuando me dirijo a la DGM donde me informan que el documento al que yo le llamo Visa, no es una
visa, es una regularización migratoria, o de
manera más sencilla, un estatus que indica
que hasta la fecha de vencimiento del mismo
yo estoy legal en
este país y por
ende no puedo
ser deportada.
Hay muchos
extranjeros que
al igual que yo,
están confundidos creyendo
que en sus manos tienen una
especie de cédula y que no deberán de entregar
más documentos para obtener
la residencia.
Pues les informo que estamos
equivocados. Aun no se ha emitido ningún
reglamento que valide el documento o carnet entregado por el MIP como requisito que
remplace la visa de residencia que debe ser
entregada a la DGM para la obtención de la
residencia dominicana.
Después del plazo dado hasta agosto del
2015 en el plan de regularización, el gobierno no ha informado por ningún medio cuál
es el siguiente paso. Estamos a la expectativa
de lo que pueda pasar ya que próximamente
son las elecciones presidenciales y en caso de
existir un cambio de gobierno este proceso
pudiera paralizarse indefinidamente.
Si estas urgido por obtener la residencia,
el trámite es el mismo de siempre. Debes recaudar una serie de requisitos entre los cuales se encuentra la visa de residencia que tras
la promulgación del Reglamento 631-11 en el
año 2012, debe ser solicitada en el Consulado
Dominicano del país de origen del solicitante
y en aquellos países donde no exista uno, el
solicitante debe trasladarse al consulado dominicano del país más próximo.
Solo recuerda que tu estatus legal tiene
vencimiento y antes de esa fecha debes residenciarte en el paí

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